¿Puede un empleado acudir a su puesto de trabajo si no está vacunado?
Es bien sabido que la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 ha resultado un desafío general en todo el mundo, en especial el proceso masivo de vacunación en tiempo récord en países como Colombia, en el que la obligatoriedad de la vacuna en el ámbito laboral ha supuesto todo un reto, a pesar de que en un principio ésta fuera de carácter voluntario.
Sin embargo, el Ministerio de Trabajo de Colombia, mediante la Circular 047 del 5 de agosto de 2021, publicó en la misma circular que “se recomienda una fuerte campaña pedagógica de sensibilización humana y de responsabilidad social para que las personas opten por la vacuna como un componente fundamental para el retorno a sus actividades, garantizando la posibilidad de que se acuda a los puestos de vacunación aún en jornada laboral”. Por ende, la solución propuesta por el Ministerio de Trabajo se mantiene a caballo entre ratificar la idea de la voluntariedad de la vacuna, y la sugerencia de promover la vacunación entre la población laboral, lo que genera dudas entre los trabajadores que desean regresar a sus puestos de trabajo.
Asimismo, ¿cuál sería la responsabilidad que asumiría el empleador en cuestión, si obliga a sus empleados a presentarse de manera física en su lugar de trabajo, si se da el caso de que parte del personal todavía no esté completamente vacunado? En lo referente a esta y otras cuestiones, sigue siendo obligatorio el uso de la mascarilla, y necesario el mantenimiento de la distancia social, esté o no vacunado el trabajador.